Takeda toma nota de la sanciÓn sobre el acuerdo marco por parte del
tribunal respecto de la compra de shire plc
Osaka, japÓn--(business wire)--takeda pharmaceutical company limited (tse:4502/nyse:tak) ("takeda") toma nota del anuncio de shire plc ("shire") que confirma la sanciÓn emitida por el tribunal real de jersey (el "tribunal de jersey") en relaciÓn con el acuerdo marco (el "acuerdo"), por la cual se implementa la adquisiciÓn propuesta de shire por parte de takeda (la "adquisiciÓn"). tal como se anunciara anteriormente, se estima que el acuerdo entrarÁ en vigencia y que la adquisiciÓn se concretarÁ el 8 de enero de 2019, cuando se entregue una copia de la orden del tribunal de jersey al registro de empresas de jersey. no se ha modificado el cronograma de eventos principales relacionados con el acuerdo, tal como se describe en las pÁginas 1 a 3 del documento publicado por shire el 12 de noviembre de 2018 en relaciÓn con la adquisiciÓn. acerca de takeda pharmaceutical company limited takeda pharmaceutical company limited (tse:4502/nyse:tak) es una compaÑÍa farmacÉutica mundial impulsada por la investigaciÓn y el desarrollo, que asume el compromiso de brindar una mejor salud y un futuro mÁs prÓspero a sus pacientes al traducir la ciencia en medicamentos que cambian la vida. takeda concentra sus esfuerzos de i+d en las Áreas terapÉuticas de oncologÍa, gastroenterologÍa y sistema nervioso central y se especializa ademÁs en vacunas. takeda lleva a cabo i+d a nivel interno y con sus socios para mantenerse a la vanguardia de la innovaciÓn. los productos innovadores, especialmente en oncologÍa y gastroenterologÍa, y su presencia en los mercados emergentes, impulsan actualmente el crecimiento de takeda. aproximadamente 30 000 empleados de takeda asumen el compromiso de mejorar la calidad de vida de los pacientes en colaboraciÓn con nuestros socios en la atenciÓn sanitaria en mÁs de 70 paÍses. para obtener mÁs informaciÓn, visite https://www.takeda.com/newsroom/. aviso importante el presente anuncio no pretende constituir o formar parte de, y no constituye o forma parte de ninguna oferta, invitaciÓn o propuesta de una oferta de compra, de adquirir de cualquier otra manera, suscribir, vender o disponer de cualquier valor de conformidad con este anuncio o de la forma que fuere. la distribuciÓn de este anuncio en jurisdicciones fuera del reino unido o japÓn puede estar restringida por la legislaciÓn o los reglamentos correspondientes, por lo tanto, toda persona que lea este anuncio debe informarse y cumplir con dichas restricciones. todo incumplimiento de dichas restricciones puede constituir una violaciÓn de las leyes o regulaciones de valores de la jurisdicciÓn correspondiente. publicaciÓn en el sitio web de conformidad con la norma 26.1 del cÓdigo, se podrÁ a disposiciÓn una copia del presente anuncio (con ciertas restricciones relativas a las personas residentes en jurisdicciones restringidas) en el sitio web de takeda (www.takeda.com/investors/offer-for-shire) a mÁs tardar a las 12:00 (horario de londres) del dÍa hÁbil siguiente a la fecha de este anuncio. el contenido del sitio web mencionado en este anuncio ni se incorpora ni forma parte del presente anuncio. requisitos de informaciÓn de conformidad con el cÓdigo de conformidad con la norma 8.3(a) del cÓdigo, cualquier persona que estÉ interesada en el 1 % o mÁs de cualquier clase de valores de la empresa objeto de la oferta o de cualquier oferente de valores (siendo este oferente cualquier oferente que no haya anunciado que su oferta es, o es probable que sea, Únicamente en efectivo) estÁ obligada a publicar un anuncio abierto de posiciÓn (opening position disclosure) despuÉs del inicio del perÍodo de la oferta y, si fuera con posterioridad, tras el anuncio en el que se hubiera identificado por primera vez un oferente de valores. el anuncio abierto de posiciÓn deberÁ contener detalles de los intereses de la persona y las posiciones en corto en, asÍ como los derechos de suscripciÓn relativos a, cualesquiera valores tanto de (i) la empresa objeto de la oferta como de (ii) cualesquiera oferente(s) de valores. el anuncio abierto de posiciÓn realizado por una persona que se encuentra sometida a la norma 8.3(a) deberÁ realizarse a mÁs tardar a las 3:30 p.m. (horario de londres) dentro de los 10 dÍas hÁbiles siguientes al del inicio del perÍodo de oferta y, en su caso, a mÁs tardar a las 3:30 p.m. (horario de londres) dentro de los 10 dÍas hÁbiles posteriores al anuncio en el que se hubiera identificado por primera vez un oferente de valores. las personas que operan con los valores de la empresa objeto de la oferta o con los valores de un oferente de valores con anterioridad a la fecha lÍmite para hacer un anuncio abierto de posiciÓn deberÁn realizar, en su lugar, un anuncio de negociaciÓn (dealing disclosure). de conformidad con la norma 8.3(b) del cÓdigo, cualquier persona que tenga o pueda llegar a tener un interÉs en el 1 % o mÁs de cualquier clase de valores de la empresa objeto de la oferta o de cualquier oferente de valores debe hacer un anuncio de negociaciÓn si la persona opera con valores de la empresa objeto de la oferta o de cualesquiera oferentes de valores. el anuncio de negociaciÓn deberÁ contener detalles de las negociaciones afectadas y de los intereses de la persona y las posiciones en corto en, asÍ como los derechos de suscripciÓn relativos a, cualesquiera valores tanto de (i) la empresa objeto de la oferta como de (ii) cualesquiera oferente(s) de valores, salvo que dicha informaciÓn haya sido previamente divulgada de conformidad con la norma 8. el anuncio de negociaciÓn realizado por una persona que se encuentra sometida a la norma 8.3(b) deberÁ hacerse a mÁs tardar a las 3:30 p.m. (horario de londres) del dÍa hÁbil siguiente al correspondiente dÍa de negociaciÓn. si dos o mÁs personas actÚan conjuntamente en virtud de un acuerdo o pacto, ya sea formal o informal, con el objetivo de adquirir o controlar un porcentaje de valores de la empresa objeto de la oferta o de un oferente de valores, serÁn consideradas como una Única persona a efectos de las disposiciones de la norma 8.3. la empresa objeto de la oferta y todo oferente deberÁ realizar tambiÉn anuncios abiertos de posiciÓn. asimismo, la empresa objeto de la oferta, cualquier oferente y cualquier persona que actÚe en concierto con las anteriores, deberÁn realizar anuncios de negociaciÓn (vÉase normas 8.1, 8.2 y 8.4). los detalles de la empresa objeto de la oferta y de la empresa oferente cuyos valores deben ser objeto de anuncios abiertos de posiciÓn y anuncios de negociaciÓn, pueden consultarse en la tabla de divulgaciÓn (disclosure table) en la pÁgina web del panel en www.thetakeoverpanel.org.uk, incluyendo el detalle sobre el nÚmero de valores emitidos, tanto en el momento en el que comience el perÍodo de la oferta como cuando se identifique por primera vez al oferente. si tiene dudas sobre si estÁ obligado a realizar un anuncio abierto de posiciÓn o un anuncio de negociaciÓn, debe comunicarse con la unidad de vigilancia del mercado (panel’s market surveillance unit) al telÉfono +44 (0) 20-7638-0129. ### el texto original en el idioma fuente de este comunicado es la versiÓn oficial autorizada. las traducciones solo se suministran como adaptaciÓn y deben cotejarse con el texto en el idioma fuente, que es la Única versiÓn del texto que tendrÁ un efecto legal.